Recibir llamadas de cobradores de deudas puede ser estresante, sobre todo cuando perturban su vida personal o profesional. Si alguna vez se han puesto en contacto con usted a horas intempestivas o se ha sentido acosado, no está solo. Afortunadamente, existen leyes que le protegen. En este artículo, desglosaremos las normas que rigen las prácticas de cobro de deudas, desde las llamadas telefónicas a altas horas de la noche hasta las visitas inesperadas, y le ayudaremos a entender cómo proteger sus derechos.
En virtud de la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA), los cobradores de deudas tienen restricciones sobre cómo, cuándo y dónde pueden ponerse en contacto con usted. Ya se trate de una llamada telefónica durante la cena, un intento de ponerse en contacto con usted en el trabajo o una visita sorpresa a su puerta, es importante que conozca sus derechos para que pueda manejar estas situaciones con confianza. Comprender estas normas le permitirá tomar el control de la situación y evitar tensiones innecesarias.
¿Cuándo pueden llamarle los cobradores?
La FDCPA especifica normas estrictas sobre cuándo se permite a los cobradores ponerse en contacto con los consumidores para evitar molestias indebidas.
- Horario de llamadas permitido: Los cobradores de deudas pueden llamar legalmente entre las 8 de la mañana y las 9 de la noche, según la zona horaria local del consumidor.
- Llamadas fuera de horario: Cualquier llamada antes de las 8 de la mañana o después de las 9 de la noche está prohibida, a menos que se haya autorizado explícitamente al deudor a ponerse en contacto con él fuera de este horario.
- Protección del consumidor: Si los cobradores de deudas llaman repetidamente fuera del horario legal, están infringiendo la FDCPA y usted tiene derecho a denunciarlos.
Qué hacer si los cobradores llaman después de las 9 de la noche o antes de las 8 de la mañana
Si un cobrador se pone en contacto con usted en horas prohibidas, siga estos pasos para protegerse:
- Pida verificación: Solicite detalles sobre la deuda, incluido el acreedor original y el importe adeudado. Asegúrese de que el cobrador es legítimo.
- Envíe una carta de cese: Puede solicitar formalmente que cesen todas las comunicaciones. Envíe esta carta por correo certificado y conserve una copia para sus archivos.
- Presente una queja: Si el cobrador continúa acosándole, denuncie la infracción a la Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB), al fiscal general de su estado o a la Oficina de Buenas Prácticas Comerciales.
- Considere la posibilidad de emprender acciones legales: En virtud de la FDCPA, los consumidores pueden demandar a los cobradores de deudas por los daños causados por prácticas ilegales. Los tribunales pueden conceder indemnizaciones, incluidos los honorarios de los abogados si ganas el caso.
Cómo tratar a los cobradores en el trabajo
Los cobradores de deudas pueden ponerse en contacto con usted en su lugar de trabajo en circunstancias limitadas, pero existen medidas de protección.
- Contacto laboral prohibido: Si un cobrador sabe o se entera de que su empleador desaprueba este tipo de llamadas, debe dejar de ponerse en contacto con usted en el trabajo.
- Protección de la intimidad: Los cobradores no pueden hablar de su deuda con su empresa o compañeros de trabajo. Solo se les permite preguntarte por tus datos de contacto en contadas ocasiones.
- Cómo gestionar las llamadas en el lugar de trabajo:
- Informa al cobrador de que tu empresa prohíbe las llamadas en horario laboral.
- Facilite la información de contacto de su abogado, si prefiere que la comunicación pase por él.
- Solicite por escrito al cobrador que deje de ponerse en contacto con usted en el trabajo.
Normas de cobro a domicilio
Aunque el cobro de deudas a domicilio es menos común, algunas agencias pueden intentar visitarle en persona.
- Límites a las visitas a domicilio: Por lo general, los cobradores de deudas no están autorizados a presentarse en su domicilio a menos que su acuerdo de deuda permita explícitamente tales acciones.
- Sus derechos durante una visita:
- Verifique la identidad del cobrador antes de contratarle.
- Tiene derecho a pedirles que abandonen su propiedad y a poner fin a los contactos personales.
- Lleve un registro de la interacción, incluida la fecha y hora de la visita.
- Cómo prevenir futuras visitas:
- Envíe una solicitud formal a la agencia de cobros, pidiéndole que cese todo contacto en persona.
- Si persisten las visitas a domicilio, denuncie el comportamiento a las autoridades competentes de protección de los consumidores.
Cuándo obtener ayuda jurídica
Si los cobradores de deudas violan sus derechos, consultar con un abogado puede ser la mejor forma de actuar. Un asesor jurídico puede orientarle:
- Presentación de reclamaciones: Ayuda con la preparación de denuncias para su presentación ante la CFPB u otros organismos reguladores.
- Demandar por infracciones de la FDCPA: Si el acoso es grave, puede emprender acciones legales. Si tiene éxito, los tribunales pueden conceder daños y perjuicios y honorarios legales.
- Negociación con los cobradores: Las empresas de alivio de la deuda también pueden ayudar en la negociación de planes de pago o acuerdos con las agencias de cobro de deudas.
Conclusión
Comprender sus derechos en virtud de la FDCPA es esencial a la hora de tratar con cobradores de deudas. Tienen prohibido ponerse en contacto con usted a horas intempestivas, acosarle en su lugar de trabajo o realizar visitas a domicilio no autorizadas. Si detecta alguna infracción, actúe de inmediato solicitando una verificación, presentando una queja o acudiendo a un abogado. Protegerse del acoso le asegura poder gestionar sus obligaciones financieras sin estrés innecesario.