Si la temporada de impuestos le ha dejado con una factura que no puede pagar, no está solo ni sin opciones. El IRS ofrece programas diseñados para ayudar a los contribuyentes a gestionar o incluso reducir lo que deben, especialmente si el pago total causaría dificultades financieras. Pero para aprovechar estos programas, es crucial actuar con rapidez y entender cómo funciona cada opción.
Desde los planes de pago a plazos a las ofertas de liquidación y el alivio basado en dificultades, esto es lo que necesita saber acerca de cómo trabajar con el IRS para resolver su deuda tributaria sin arriesgarse a acciones de cobro agresivas.
Planes de pago a plazos
El IRS trabajará con usted para establecer un plan de pago. Si usted debe $ 50,000 o menos, usted puede calificar para un acuerdo simplificado que no requiere documentación financiera detallada. Para saldos mayores, es probable que tenga que proporcionar información financiera adicional. Al igual que con cualquier otro tipo de préstamo, tendrá que realizar pagos mensuales hasta saldar el saldo pendiente. Sólo puede acogerse a un plan de pagos si está al corriente en todas sus declaraciones de impuestos.
Ofertas de compromiso
Hay situaciones en las que el IRS estará de acuerdo en aceptar menos de lo que debe para resolver sus impuestos atrasados en un programa llamado Oferta en Compromiso (OIC). Para ello, tendrá que demostrar que el pago de la cantidad en su totalidad causaría dificultades financieras, o que existen dudas sobre la cantidad que debe.
Puede proponer el pago de un importe reducido, ya sea en un pago único o en pagos mensuales a lo largo de un periodo de seis a veinticuatro meses.
Debe presentar el formulario 656, Offer in Compromise, y una tasa de presentación de 205 dólares como parte del proceso. También tendrá que rellenar el formulario 433-A (OIC) si es un particular o el formulario 433-B (OIC) si es una empresa. Este formulario le pide información detallada sobre sus ingresos, gastos, deudas, activos y patrimonio.
Impuestos, embargos y gravámenes
Si usted no paga su deuda tributaria o no hace arreglos con el IRS, la agencia puede tomar acciones agresivas de cobranza para recuperar lo que debe. Bajo la ley federal, el IRS tiene la autoridad para:
- Embargarte el sueldo
- Embargar futuras devoluciones de impuestos
- Levantar sus cuentas bancarias y otras cuentas financieras
- Retener parte de sus prestaciones de la Seguridad Social
- Embargar y vender sus bienes, incluidos vehículos, bienes inmuebles y otros activos valiosos.
Estas acciones pueden continuar hasta que su deuda se paga-o hasta que el estatuto de 10 años de limitaciones en las colecciones del IRS expira, a partir de la fecha en que el IRS evaluó oficialmente el impuesto que debe.
Importante: Por lo general, el IRS debe enviar un "Aviso Final de Intención de Embargo y Aviso de su Derecho a una Audiencia" antes de iniciar la mayoría de los embargos. Una vez que reciba este aviso, tiene 30 días para responder o solicitar una audiencia para evitar acciones de ejecución.
Para evitar embargos, embargos preventivos y embargos, póngase en contacto con el IRS inmediatamente después de recibir un aviso o factura. Incluso si usted no puede pagar en su totalidad, el establecimiento de un plan de pago o explorar opciones como una oferta de compromiso puede detener la acción futura.
Actualmente no coleccionable
Aunque el IRS tiene amplios poderes, no le dejará completamente desamparado. Si un embargo de salario o gravamen causa dificultades económicas indebidas, puede solicitar una modificación o ser colocado en el estado actualmente no cobrables (CNC). Si se concede, el IRS detendrá temporalmente gravámenes, embargos y otras acciones de cobro. Sin embargo, los intereses y multas se seguirán acumulando, y el IRS puede revisar su situación financiera más adelante para volver a evaluar su capacidad de pago.
El IRS puede revisar periódicamente sus finanzas y, si su situación mejora, reanudará las gestiones de cobro o se pondrá en contacto con usted para discutir los próximos pasos.
Lo esencial
Adeudar más impuestos de los que puede pagar no tiene por qué ser un problema permanente. El IRS ofrece planes de pago e incluso puede dejar que se conforme por menos de lo que debe a través de una oferta de compromiso. En la mayoría de los casos, el IRS tiene 10 años a partir de la fecha de evaluación para cobrar los impuestos no pagados. Después de ese período, la deuda normalmente expira. Sin embargo, durante esos 10 años, los intereses y multas pueden acumularse, aumentando significativamente la cantidad adeudada si el IRS persigue la colección.


